El día 13 de mayo se publicó en B.O. la Decisión Administrativa 766/2020 la cual exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, en los términos establecidos en la presente decisión administrativa, a las personas afectadas a las
actividades y servicios indicados en los ANEXOS I para la Provincia de Mendoza, II para la Provincia de Salta y III para la Provincia de Jujuy, que forman parte integrante de la presente medida, y en los ámbitos geográficos allí establecidos para cada una de ellas.