El día 19 de junio de 2020 se publicó en el B.O. el Decreto 545/2020 el cual prorroga por el plazo de SESENTA (60) días a partir de la fecha de su vencimiento la vigencia de las disposiciones de los artículos 1°, 2° y 3° del Decreto N° 300 del 19 de marzo de 2020.
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