El día 9 de diciembre de 2019 se publicó en el B.O. el Decreto 867/2019 el cual incluye nuevas CLAEs correspondientes al Sector Salud, modificando el Decreto N° 688 del 4 de octubre de 2019. El mismo decreta que para acceder al beneficio dispuesto en el artículo 1° del Decreto 688/2019, los empleadores deberán encontrarse previamente inscriptos en el Registro Nacional de Prestadores, y/o en el Registro Nacional de Obras Sociales, y/o en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga, todos de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado de la Secretaría de Gobierno de Salud dependiente del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, a que se refiere el artículo 29 de la Ley No 23.661 y sus modificaciones, el artículo 27 de la Ley N° 23.660 y sus modificaciones, y el artículo 5°, inciso b), de la Ley N° 26.682 y sus modificaciones, respectivamente, según el caso.

Decreto 867-2019 APN BO 9-12-19 Beneficio Detracción – modificación al Decreto 688-2019

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anexo_1 Modificación Anexo Dto 688-19

anexo_1-Modificaci%C3%B3n-Anexo-Dto-688-19