El 29 de enero de 2020 se publicó en el BO del INSSJP la Disposición 2/2021 la cual establece que, durante los meses prestacionales de enero, febrero y marzo 2021, la liquidación del incremento del 12% dispuesto por RESOL-2021-44- INSSJP-DE#INSSJP a partir del 1ero de enero de 2021, deberá abonarse el 50% del importe correspondiente al aumento con el adelanto de la cápita, y el restante 50% con el ajuste de la cápita.
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