El 2 de octubre de 2019 se publicó en el Boletín del INSSJP la Disposición 2016/2019 la cual establece que todas las prestaciones efectuadas por prestadores alternativos a partir del 1° de octubre de 2019 vinculadas al trasplante, sean retribuidas a los valores establecidos por la Resolución 1281/2019 , o las que en un futuro la modifiquen y/o reemplacen, dejando sin efecto todo valor establecido en la Disposición 187/2019 y/o las que en un futuro las reemplacen, que contradiga dichos valores.
Archivos relacionados
- NUEVO AUMENTO Y UN BONO PARA FORTALECER EL SISTEMA DE SALUD – Junio 2022
- Resolución 466/2022 – INSSJP PAMI – Modificaciones al Nomenclador Común
- Resolución 443/2022 – INSSJP PAMI – s incrementos de los aranceles de las prestaciones en Residencias de Larga Estadía
- Resolución 364/2022 – INSSJP PAMI – Reemplazo de artículo
- Resolución 235/2022 – INSSJP PAMI – Modificaciones al Nomenclador Común del Instituto
- Resolución 229/2022 – INSSJP PAMI – Ampliación presupuesto