Resolución Conjunta 10/2020
El 16 de octubre de 2020 se publicó en el B.O. la Resolución Conjunta 10/2020 la cual determina que las personas con Obesidad Grado II (IMC 35,0 – 39,9 kg/m2) no estarán alcanzadas por la suspensión del deber de asistencia al lugar de trabajo, siempre que se cumplan los recaudos previstos en el artículo subsiguiente.