El 14 de diciembre de 2020 se publicó en el B.O. la Resolución 1027/2020 la cual establece que podrán presentarse al “Programa REPRO II”, creado por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL No 938/2020, los empleadores y empleadoras cuyas actividades hayan sido consideradas críticas en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y empleadores y empleadoras del sector de la Salud, de acuerdo a las condiciones establecidas oportunamente por el programa citado en último término.
Related Articles
- Resolución General 5591/2024: Impuesto al Valor Agregado. Determinación del gravamen según la actividad declarada. Requisitos, plazos y condiciones. Resolución General Nº 3.711. Su sustitución.
- Decreto 777/2024: Modificaciones al Decreto N° 99
- Resolución General 5536/2024: Modificación de la Resolución General N° 5.528 de Régimen de Regularización de Activos
- Resolución General 5535/2024: Beneficio a contribuyentes cumplidores en el pago del impuesto sobre los Bienes Personales
- Decreto 658/2024: Modificación de la Reglamentación de la Ley de Impuesto al Valor Agregado
- Decreto 652/2024: Modificación de la Reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias