Publicada en el Boletín Oficial del 18 de Marzo de 2019, por el Ministerio de Producción y Trabajo.
Establece que deberá usarse la Plataforma de Trámites a Distancia – TAD – para todo tipo de presentaciones, notificaciones etc. referidas a la Ley de Empleo y Convenciones Colectivas de Trabajo, así como cualquier actuación presentada ante las Direcciones Nacionales de Relaciones y Regulaciones del Trabajo y de Asociaciones Sindicales.