El día 1 de noviembre de 2019 se publicó en el boletín del INSSJP la Resolución 1803/2019 la cual aprueba, a partir del mes de prestación Noviembre la vigencia del “Procedimiento de Procesamiento Compensatorio de Ordenes de Prestación”, que figura en el Anexo I.
El presente Procedimiento tiene como objeto la compensación de los gastos devengados de aquellas Órdenes de Prestación (OP) emitidas como consecuencia de la derivación de afiliados que, encontrándose asignados originalmente a la cápita de un prestador o red prestacional, hubieran sido atendidos excepcionalmente por un prestador distinto de aquel. En tal caso, las OP así emitidas, deberán ser posteriormente compensadas contra los créditos que posea a su favor el prestador originalmente contratado bajo la modalidad retributiva de cápitas.