El 4 de octubre de 2019 se publicó en el B. O. la Resolución General 4603/2019 la cual resuelve que los contribuyentes que registren la condición de Micro o Pequeñas Empresas, inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES”, creado por la Resolución N° 220 del 12 de abril de 2019 de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción y Trabajo, podrán afectar el saldo a favor de libre disponibilidad del impuesto al valor agregado registrado en el sistema de “Cuentas Tributarias” a la cancelación de las contribuciones de la seguridad social -código de impuesto 351-.
Archivos relacionados
- Resolución 5420/23 – Instrumentación de las medidas de alivio fiscal
- Resolución General 5416/2023 – Seguridad Social. Empleadores. Obligaciones de los recursos de la seguridad social.
- Acuerdos con el Ministerio de Economía y FATSA – septiembre 2023
- Decreto 415/2023
- Decreto 414/2023
- Resolución General 5395/2023 – Régimen de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs