El día 29 de mayo de 2019, se publicò en el B.O. la Resolución 872/2019, la cual autoriza a todas las Entidades de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (R.N.E.M.P.) un aumento general, complementario y acumulativo de aquel que fuera aprobado el 29 de marzo de 2019 mediante la Resolución RESOL-2019-592-APN-SGS#MSYDS, de hasta DIECISIETE CON CINCUENTA POR CIENTO (17,50%), desdoblando el porcentaje citado en tres tramos no acumulativos, resultando un aumento de CINCO CON CINCUENTA POR CIENTO (5,50%) a partir del 1º de julio de 2019, de SEIS POR CIENTO (6,00%) a partir del 1º de agosto de 2019 y de SEIS POR CIENTO (6,00%) a partir del 1º de septiembre de 2019.
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