Resolución 9/2019 INSSJP:
ARTÍCULO 1°.- Establecer los incrementos en los valores de cápita y la valorización del Nomenclador Común del INSSJP, que como Anexo I (IF-2019-108995527-INSSJP-SE#INSSJP) y Anexo II (IF-2019-108995488-INSSJP-SE#INSSJP) forman parte integrante de la presente, de conformidad con los acuerdos suscriptos y la normativa vigente.
ARTICULO 2°.- Establecer los incrementos en los valores de los módulos de Atención Domiciliaria Integral y Medicina Física y Rehabilitación del INSSJP, conforme al Anexo III (IF-2019- 108995564-INSSJP-SE#INSSJP) forma parte integrante de la presente, de conformidad con los acuerdos suscriptos y la normativa vigente.
ARTÍCULO 3°.- Establecer los incrementos en los valores de los módulos de Salud Mental del INSSJP, que como Anexo IV (IF2019-108995563-INSSJP-SE#INSSJP) forma parte integrante de la presente, de conformidad con los acuerdos suscriptos y la normativa vigente.
ARTÍCULO 4°.- Instruir a la Gerencia de Análisis de Procesos Retributivos a que establezca los coeficientes de variación referentes a la valorización de las Unidades aprobadas en el Artículo 1° de la presente.
Resolución 407/2020 INSSJP
Modifíquese el Artículo 3º de la Resolución 9/2019 de INSSJP, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Establecer los incrementos en los valores de los módulos de Salud Mental del INSSJP, que como ANEXO IV (IF2019-108995593-INSSJP-SE#INSSJP) forma parte integrante de la presente, de conformidad con los acuerdos suscriptos y la normativa vigente”.