Se trata de un régimen de planes de facilidades de pago en el ámbito del sistema “MIS FACILIDADES”, sujeto a las características de cada caso, aplicable para la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones, así como de sus respectivos intereses, correspondiente a:
- a) Deudas vencidas entre los días 1 de junio de 2016 y 31 de mayo de 2017, ambos inclusive.
- b) Deudas vencidas hasta el 31 de mayo de 2017, inclusive, correspondiente a responsables que desarrollen, como actividad principal, la de servicios de salud y/o enseñanza.
- c) Deuda proveniente de la reformulación de los planes vigentes implementados por la Resolución General N° 3.827 y sus modificaciones, que comprenda obligaciones con vencimiento dentro del período indicado en el inciso a).
Asimismo, se podrán incluir obligaciones que, cumpliendo las condiciones previstas en los incisos anteriores, hubieran sido incorporadas en planes de pagos anulados, rechazados o caducos.