El día 17 de abril se publicó en el B.O. la Resolución General 4699/2020 la cual resuelve que se eximan a los contribuyentes y responsables, hasta el día 30 de junio de 2020 inclusive, de la obligación de registrar los datos biométricos conforme a lo previsto en el Artículo 3° de la Resolución General N° 2.811, su modificatoria y su complementaria, ante las dependencias en las que se encuentren inscriptos, a fin de permitir la realización de las transacciones digitales que así lo requieran.

Res 4699-20 Afip BO 17-04-20 Modif procedim digitaliz datos biometricos

Res-4699-20-Afip-BO-17-04-20-Modif-procedim-digitaliz-datos-biometricos