El día 21 de abril de 2020 se publicó en el B.O. la Resolución General 4702/2020 la cual resuelve disponer, de manera excepcional, la reapertura de los plazos previstos en los incisos a) y b) del artículo 2° de la Resolución General N° 4.693 y su modificatoria, desde la fecha de vigencia de la presente hasta el 23 de abril de 2020, inclusive.
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