El 30 de noviembre de 2020 se publicó la Resolución General 4866/2020 la cual establece que se sustituya en los cuadros referidos a “CANTIDAD DE PLANES, CUOTAS Y TASA DE INTERÉS DE FINANCIACIÓN” del Anexo II de la Resolución General N° 4.268, sus modificatorias y su  complementaria, la expresión “VIGENCIA TRANSITORIA DESDE EL 20/08/2019 AL 30/11/2020”, por la expresión “VIGENCIA TRANSITORIA DESDE EL 20/08/2019 AL 31/12/2020”.

RG 4866-2020 AFIP BO 30-11-20 Prorroga Planes de pago permanentes

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