El 8 de mayo de 2018 se publicó en el Boletín Oficinal la Resolución 154/2018, la cual establece que serán consideradas Micro, Pequeñas o Medianas Empresas aquellas cuyos valores de ventas totales anuales expresados en Pesos ($) y personal ocupado no superen los topes establecidos en los cuadros A y B, respectivamente, del Anexo I que, como IF-2018-16701552-APN-SECPYME#MP, que se adjunta a continuación.
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